Huella dactilar y privacidad

Escrito por syon el abril 29, 2013  /   Escrito en General

Una pregunta recurrente que se plantean los usuarios de un sistema de control de accesos o de control horario con identificación biométrica es si su privacidad está garantizada.

Tanto un empleado al colocar su huella en un reloj de fichar biométrico, como un asistente a un congreso, un socio de un centro deportivo o cualquier persona que tenga que identificarse con un lector de huella colocado en un torno de entrada se ha planteado esta cuestión alguna vez.

Veamos cómo el proceso de identificación salvaguarda nuestra privacidad en la forma más extendida de identificación biométrica, la huella dactilar.

Los lectores o terminales de huella no almacenan la imagen de la huella de la persona, sino que capturan la representación digital de la misma basándose en unas características físicas que la hacen única. Al dar de alta un usuario en el sistema, su huella se transforma, mediante un algoritmo, a un patrón biométrico que será el que quede almacenado.

Cuando el usuario se identifica poniendo su dedo sobre el lector para hacer uso del sistema, el lector escanea la huella, obtiene su patrón y lo compara con el patrón que fue guardado. Si la comparación es positiva, se concede el acceso.

Patron huella dactilar

Garantizando el cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de protección de datos, la comparación se realiza sobre los patrones biométricos, resultando imposible reconstruir la huella completa a partir de dichos patrones.

Podemos por tanto confiar en mantener nuestra identidad protegida la próxima vez que tengamos que fichar en nuestra jornada laboral o  pasar por el torniquete de acceso a nuestro gimnasio.